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La nueva Ley Hipotecaria protege como nunca antes al consumidor

Publicado 09/12/2020
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El próximo domingo 16 de junio, la nueva ley reguladora de los Contratos de Crédito inmobiliario entrará en vigor. El objetivo de esta regulación es ofrecer una mayor protección al cliente y garantizar igualmente más seguridad a las entidades financieras. Sin embargo, la ley hipotecaria trae consigo grandes cambios que supondrán un handicap para todos. 

Aquí te contamos cuáles son los cambios más importantes de la Ley Hipotecaria 

Los bancos tendrán la obligación de ofrecerte más información acerca de la hipoteca que vas a contratar. Además tendrán que facilitarte una serie de documentos –la ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencia Estandarizada (FiAE)– como mínimo 10 día antes de la firma del contrato. 

Como cliente, estarás obligado a ir al notario para recibir asesoramiento gratuito y responder a un test. Pero si no pasas este test, el notario no podrá autorizar la escritura. El objetivo es garantizar que tengas un mayor conocimiento sobre qué vas a firmar. 

Los consumidores más protegidos 

Por otra parte, los notarios tendrán que responder a todas tus dudas y comprobar que no se hayan incluido cláusulas abusivas en el contrato. Por lo tanto, se declararán nulas todas las cláusulas que no sigan la normativa. 

Finalmente, el Gobierno creará una nueva identidad que asegure la tramitación de tus quejas y reclamaciones. 

Nuevo reparto de los gastos de hipoteca 

Con la nueva regulación se ha producido un cambio el reparto de gastos de la hipoteca. Es por eso que es muy importante que conozcas cuales son las partes que te tocan pagar como hipotecado y cuáles son las que tiene que pagar el banco. 

A pagar por el banco  A pagar por el cliente 
Gestoría 150 -300 € Gastos de tasación 200 – 500€
Aranceles notariales para la escritura  800-1.000 €       Segundas copias del notario  70 €
Inscripción en el Registro de la Propiedad 250 €    
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados  1.125 €    
Total a pagar  2.325 – 2.675 €  Total a pagar  270 – 570 €

*Calculado a partir de una hipoteca de 150.000 euros. Fuente: elPaís. La nueva ley hipotecaria ya está aquí. Haz Cuentas.04/Marz/2019.https://bit.ly/2XAJGbX

Mínimo 12 impagos para que te embarguen la casa 

La medida más popular de la Ley reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario es que el banco no podrá iniciar el proceso de ejecución hipotecaria hasta que no alcance los siguientes términos: 

  • Tienes que tener como mínimo 12 cuotas impagadas durante la primera mitad del plazo.  
  • Durante la segunda mitad del plazo tienes que tener una demora de la mensualidades mínima de 15.  

De esta forma se establecen requisitos mucho más estrictos para que los bancos puedan pedir el embargo de tu vivienda al juzgado. 

La amortización anticipada más barata 

Otro de los grandes cambios que trae la regulación hipotecaria es que si decides saldar tu deuda antes de tiempo se te aplicarán una comisión de cancelación que será menor a medida que avance el calendario. Esto quiere decir que:

  • Si tienes una hipoteca variable se te aplicará un 0’25% en los primeros tres años de hipoteca y un 0’15% entre el tercer y el quinto año. 
  • Si tienes una hipoteca fija entonces un 2% en los primeros 10 años y un 1,5% hasta la finalización.

Incentivos para pasarse al tipo fijo 

La nueva ley abarata el paso del tipo variable al tipo fijo, ya se realice a partir de un pacto con el banco propio o con una entidad subrogada de acreedores para irse a otro banco. Así, la comisión máxima que se te pueden aplicar es de un 0’15% y solamente si el cambio se produce durante los primeros tres años del plazo del préstamo. 

Cambiarse de banco es mucho más fácil 

Ahora como cliente gozarás de una mayor libertad si decides cambiarte al banco que más te convenga. Esto viene a decir que ahora ya no estas obligado a aceptar una oferta igual o mejor de tu entidad actual. 
 

Límites a los productos vinculados 

Los banco ya no podrán obligarte a contratar productos para poder acceder a sus hipotecas, como por ejemplo: seguros hipotecarios, planes de pensiones, tarjetas de crédito, etc. Sin embargo, sí que se permite que la entidad te ofrezca  a reducirte el interés a cambio de que te suscribas varios de sus servicios. 

Además, la prohibición de las ventas vinculadas prevé dos excepciones:

  • Los bancos pueden exigir que se contrate un seguro de hogar y/o un seguro de vida o de protección de pagos.
  • También pueden vincular la hipoteca a productos que se demuestren que benefician al cliente. 

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