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¿Cómo empezar la declaración de la rena?

Publicado 05/12/2020
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Llegó el momento, hay que ponerse manos a la obra y comenzar a preparar la declaración. Hay que destacar que la Agencia Tributaria ha desarrollado este año nuevos sistemas para presentar el ejercicio: por Internet, por teléfono, vía ​online o a través de la aplicación móvil de la agencia. Además, Hacienda mandará avisos a los contribuyentes despistados.

¿Cuáles son los plazos de entrega?

Antes de comenzar la declaración de la Renta 2021, es muy importante tener claros los plazos de entrega. Primero y más importante, el ejercicio se podrá entregar hasta las 24 horas del ​lunes 1 de julio​ a través de los canales autorizados. Otra fecha es que el último día para pedir cita previa –a través de Internet, la aplicación móvil o por teléfono– es el 28 de junio​. Sin embargo, la atención presencial seguirá hasta el ​1 de julio​. Por último, si la declaración sale a ingresar y se desea pagar por domiciliación bancaria, la fecha límite será el ​29 de junio​.

¿Quién tiene que presentar la declaración​?


Todos los contribuyentes físicos residentes en España están obligados a presentar la declaración. Solamente estarán exentos las personas cuyos rendimientos de trabajo sea igual o inferior a 22.000 euros anuales –siempre que procedan de un solo pagador–. Los contribuyentes que hayan tenido varios trabajos durante el año pasado y cuyo rendimiento neto de trabajo ​no hayan superado los 1.500 euros​ no tendrán que declarar. Tampoco tendrán que presentarla cuando su único ingreso proceda de la pensión de jubilación, planes de pensiones, seguros colectivos, mutualidades de previsión social empresarial, planes de previsión asegurados y prestaciones de seguros de dependencia.

¿Qué herramientas puedes utilizar para contactar con la Agencia Tributaria?

Uno de los cambios más importantes que se han producido en Hacienda es el fin del papel a la hora de realizar la declaración de la renta. No solamente se ha ​eliminado la pre-declaración de la renta, sino que también se han creado tres vías nuevas para relacionarse con la agencia y mandar el ejercicio de la Renta. Estas vías de acceso son a través de ​DNI electrónico o ​Certificado digital​, a través de Cl@ve PIN​, o con el número de referencia:

DNI electrónico. ​El Certificado digital se puede solicitar a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o a través de la página web de la policía –apartado DNI.

Cl@ve PIN.​ Para conseguir este PIN hay que ​registrarse en la página de la Agencia Tributaria para solicitar una invitación. Cuando reciba la carta de invitación podrá solicitar la clave PIN para realizar cualquier trámite. También se puede descargar la aplicación móvil, ya que esta le facilitará una clave diferente cada vez que abra el programa.

Número de referencia. ​Este número se obtiene marcando la casilla 475 de la declaración de la renta del año pasado. Previamente en la página web de la Agencia Tributaria le habrá solicitado sus datos y DNI. Este método solo sirve para presentar la declaración.

Familiarízate con RENTA WEB

La plataforma RENTA WEB es la herramienta que utiliza la Agencia Tributaria para realizar todas las declaraciones. Los usuarios pueden entrar a través de Internet o de la aplicación móvil o tableta. A esta plataforma se accede con las claves antes descritas –DNI electrónico, Cl@ve PIN y/o número de referencia–. Y será desde la RENTA WEB donde se podrá solicitar el borrador, incorporar o modificar datos tributarios y presentar la declaración.

¿Sabes cómo solicitar el borrador?


Como ya hemos dicho, este año es el ​fin del papel para la Agencia Tributaria, por lo tanto, Hacienda no volverá a enviar el borrador en papel a los domicilios. Ahora, los propios usuarios son los encargados de descargar el borrador desde la ​página RENTA WEB​. Sin embargo, para los que tengan ingresos por actividades económicas o profesionales –autónomos y profesionales– no se ofrecerá un borrador.

Ante cualquier duda pide una cita previa.

Incluso a los veteranos les surgen dudas a la hora de hacer la declaración de la Renta. Es por eso que Hacienda ofrece asistencia personal en sus oficinas o a través del plan ​Le Llamamos. ​Los contribuyentes cuyo ingreso sea menor de 65.000 euros brutos anuales podrán solicitar ayuda presencial a través de la página web, la aplicación móvil o llamando al 901223344 o 915530071. En cambio, otros tendrán que utilizar el programa Le Llamamos ​que está dirigido aquellos ciudadanos que tengan que hacer declaraciones de la Renta que deriven por ejemplo de rendimientos del trabajo o del capital mobiliario. Este servicio se solicita a través de la página web, la aplicación o llamando al 901121224. Para más información tributaria aconsejamos llamar al 901335533 o al 915548770.

Hacienda ahora manda avisos.

Otro cambio que se ha producido este año es que la Agencia Tributaria ha incorporado un sistema de avisos para advertir a los contribuyentes que la agencia tiene datos sobre algunos aspectos que podrían no estar declarando. Este cambio es debido a la intensificación del control internacional de bienes en el extranjero, como por ejemplo: alquileres, patrimonios, bitcoins o criptomonedas.

Ojo, no te olvides de revisar el borrador

Uno de los mayores problemas relacionados con la declaración de la renta es la falta de revisión por parte de los contribuyentes. Es por eso que aconsejamos que ​siempre revise el borrador que vaya a presentar a la Agencia Tributaria y de esta forma se ahorrará más de un quebradero de cabeza. Esta gestión se puede realizar fácilmente a través de la plataforma ​RENTA WEB​, ya que la página no solo le permite presentar la declaración, sino también comprobar datos proporcionados.

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